Condiciones generales
§ 1 Utilización del vehículo
El arrendatorio recibe en alquiler el vehículo y accesorios descritos en el contrato, en perfectas condiciones
de funcionamento y se compromete a conservarlo y conducir el vehículo, cumpliendo las normas del código de la
circulación
Queda expresamente prohibido:
A) Transportar personas o mercancías, cuando ello implique directa o indirectamente el subarriendo del vehículo.
B) Conducir el vehículo personas no autorizadas en el contrato.
C) Conducir en inferioridad de condiciones físicas, motivada por el alcohol, droga, fatiga o enfermedad.
D) Desprecintar o manipular el cuentakilómetros debiendo comunicar inmediatamente al Arrendador cualquier
avería del mismo.
E) Circular por carreteras no asfaltadas, ya que en caso de accidente queda anulado y sin efecto el seguro.
§ 2 Devolución del vehículo
El vehículo se devolverá en el lugar y fecha astipulada en el contrato. Cualquier alteración deberá ser previamente
autorizada por el Arrendador.
El incumplimiento de esta condición faculta al Arrendador a requerir judicialmente la devolución del vehículo.
§ 3 Cargos del alquiler
El Arrendatario acepta pagar además de los cargos por alquiler del vehículo e impuestos, determinados en las tarifas
vigentes, los ocasionados por la pérdida de documentos, valorados en 12 EUR, herramientas y accesorios, así como
toda clase de multas y gastos judicales motivados por infracciones de tráfico o infringimientos de Leyes,
reglamentos u ordenanzas por parte del Arrendatario.
§ 4 Seguro
El seguro concertado por el Arrendador cubre al Arrendatario y conductores autorizadas por la presenta contra la
responsabilidad civil (daños a terceros), defensa jurídica que pudiera exigirse al conductor en causa criminal.
Quedan expresamente excluídos de la garantía de seguro, la perdida, robo o daños causados a bienes transportados
en el vehículo arrendado.
El Arrendatario queda exento de esta responsabilidad mediante el pago de la prima correspondiente, según tarifa,
siendo requisito indispensable firmar la aceptación de este cargo en el recuadro que existe para tal fin en el contrato.
§ 5 Accidente
El Arrendatorio tomará las siguientes medidas, en caso de accidente sufrido con el vehículo arrendado.
A) No reconocer o prejuzgar la responsibilidad de hecho.
B) Obtener datos completos de la parte contraria, cumplimentando el impreso facilitado con la documentación del coche,
que remitirá urgentemente al Arrendador, llegando incluso a avisar telefónicamente en los casos de accidente grave.
C) Notificar inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
§ 6 Reparaciónes
El Arrendador se hará cargo de los gastos habidos durante el arrendamiento por engrases, cambios de aceite y pequeñas
reparaciónes (excepto pinchazos y neumáticos), hasta un maximo de 4,20 EUR, que deberán justificarse con los opotunos
recibos o facturas.
Será indispensable obtener la previa autorización del Arrendador para efectuar reparaciones superiores a 4,20 EUR, o
remolcar el vehículo.
§ 7 Responsibilidad del Arrendador
El Arrendador declara haber tomando las debidas precauciones para evitar fallos mecánicos del vehículo arrendado, pero
en caso de producirse éstos, no asume ninguna responsibilidad por los perjuicios que directa o indirectamente pudiera
causarse al Arrendatario, como consecuencia de dichos fallos o avería. El arrendatario se considera informando del
contenido de este contrato.
